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Objeto del Proceso

 

Metro de Madrid S.A convoca, mediante oferta pública de empleo, un proceso de selección para cubrir 45 plazas del colectivo de Oficial/a distribuidas en cuatro subprocesos: 

 

  1. 16 plazas de Oficial/a, con especialización en materia de electricidad, mediante la modalidad de contrato indefinido y a jornada completa, para cubrir necesidades en distintos departamentos de la empresa.
  2. 4 plazas de Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones, mediante la modalidad de contrato indefinido y a jornada completa, para cubrir necesidades en distintos departamentos de la empresa.
  3. 21 plazas de Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica, mediante la modalidad de contrato indefinido y a jornada completa, para cubrir necesidades en distintos departamentos de la empresa.
  4. 4 plazas de Oficial/a, con especialización en materia de obra civil, mediante la modalidad de contrato indefinido y a jornada completa, para cubrir necesidades en distintos departamentos de la empresa.

 

También es objeto del presente proceso de selección la constitución de una bolsa de personas candidatas en reserva con quienes atender futuras necesidades de contratación de Oficial/a con estas especializaciones, observando las limitaciones presupuestarias en cada momento vigentes. La composición, y demás términos y condiciones específicas que resultan de aplicación para cada bolsa figuran en el apartado “bolsa de personas candidatas en reserva” de las presentes bases.

 

Información Relacionada con las Bases

FASES DEL PROCESO

 

El proceso de selección consta de las cinco siguientes fases, todas ellas de carácter sucesivo y, en su caso, excluyente:

 

1. Primera fase:  Preselección, por parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de las personas candidatas que reúnen los requisitos objetivos de la oferta.

A partir de la publicación de la relación definitiva de personas candidatas preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, será necesaria la inscripción de las personas candidatas que figuren en dicha relación, en la presente plataforma a través de la sección "Inscríbete" y rellenar los campos solicitados en el formulario. Aquellas personas candidatas que no se inscriban en esta plataforma en el periodo establecido, no podrán continuar en el proceso.

 

2. Segunda fase: Prueba objetiva de aptitud

Las personas aspirantes que formalicen su inscripción en esta plataforma, serán convocadas por People Experts a la realización de una prueba objetiva de aptitud, que constará de dos partes: 

  • Una primera, de conocimientos técnicos relacionados con las especialidades de formación profesional requeridas en el apartado de titulación académica de cada subproceso.
  • Y otra segunda, de carácter aptitudinal, dividida en dos bloques:
    • Inteligencia general y razonamiento espacial.
    • Competencias.

 

La prueba objetiva de aptitud se llevará a efecto mediante la modalidad de llamamiento único y conjunto para la realización de las dos partes de la prueba (teniéndose por desistidos/as y apartados/as del proceso a quienes no se presenten en tiempo y forma a dicho llamamiento).

Se dará un tratamiento diferenciado a los dos turnos (el de acceso general y el turno de reserva para personas con discapacidad), en lo que se refiere a la relación de personas admitidas y de personas aprobadas. 

Para optar a pasar a la tercera fase del proceso de selección, los y las aspirantes habrán de superar la prueba objetiva de aptitud en sus dos partes (la de conocimientos técnicos y la de carácter aptitudinal:  Inteligencia general y razonamiento espacial; y competencias), que se calificará como se indica más adelante.

 

3. Tercera fase: Valoración de méritos (formación adicional y experiencia) 

Se habilitará un plazo de 5 días hábiles para que las personas candidatas que, según lo indicado, hayan superado la segunda fase (prueba objetiva de aptitud) aporten a People Experts para su valoración, la documentación acreditativa de los méritos que se indican más adelante en el apartado "Criterios para la valoración de méritos", así como los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de acceso (preselección de candidaturas) anteriormente indicados.

Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.

Tras la realización de esta fase (valoración de méritos), se elaborará una relación de puntuación definitiva de personas candidatas ordenadas por la mejor puntuación resultante de adicionar la obtenida en la segunda y tercera fase del proceso selectivo (prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos, respectivamente). Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva para personas con discapacidad como en el turno general.

En el caso de empate en la puntuación obtenida para la ordenación de las personas candidatas, tendrán preferencia las personas pertenecientes al género con menor representación en el colectivo de Oficial/a en la empresa; subsidiariamente, en caso de empates sucesivos, y siguiendo este orden, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en la valoración de los méritos, la puntuación obtenida en el bloque 2.2 (prueba de competencias), la puntuación obtenida en el bloque 2.1 (pruebas de inteligencia general y razonamiento espacial) y por último la puntuación obtenida en la parte de conocimientos técnicos.

La puntuación definitiva obtenida como resultado de la segunda y tercera parte del proceso de selección, prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos, no podrá ser superior a 120 puntos.

La relación de puntuación definitiva se utilizará para establecer el orden de llamamiento, gradual y progresivo, de las personas candidatas a la cuarta fase del proceso de selección (reconocimiento médico) y para delimitar a aquellas que vayan a pasar a la misma, siendo convocados únicamente el número de aspirantes necesario para dar cobertura a las plazas convocadas en cada subproceso, careciendo, por tanto, de expectativa de derecho alguna, a efectos de estas plazas, el resto de los y las aspirantes una vez cubiertas las plazas en su totalidad, sin perjuicio de lo que más adelante se establece en el apartado de bolsa de personas candidatas en reserva.

La decisión de cada persona candidata de participar en esta segunda y tercera fase del proceso de selección conllevará su plena aceptación de las bases y condiciones que rigen todo el proceso de selección (requisitos de las personas candidatas, fases del proceso de selección, orden de llamamiento a la cuarta y quinta fase, orden de contratación, modalidad de contratación, condiciones del puesto de trabajo, requerimientos físico-médicos del respectivo puesto de trabajo, protección de datos, bolsas de personas candidatas en reserva, etc.), incluyéndose la tramitación, condiciones y requisitos que establezca la empresa externa para la realización de la segunda y tercera fase del proceso de selección.

 

4. Cuarta fase. Reconocimiento médico practicado por Metro de Madrid S.A.

Las personas aspirantes seleccionadas en el número y orden resultante de la fase anterior deberán superar el correspondiente reconocimiento médico, previo y excluyente (al que serán citadas progresiva y gradualmente en función de las necesidades de la contratación), realizado por el Servicio de Salud Laboral de Metro de Madrid S.A., a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos físico-médicos precisos para el desempeño del puesto de trabajo actualmente vigentes, y que se detallan en el apartado “Requisitos físico-médicos del puesto de trabajo” de las bases.

Las personas aspirantes que no sean declaradas aptas quedarán eliminadas y definitivamente apartadas del proceso.

 

5. Quinta fase. Curso de formación impartido por Metro de Madrid S.A.

Las personas candidatas declaradas aptas en el correspondiente reconocimiento médico habrán de superar, seguidamente, el curso de formación correspondiente a Oficial/a, impartido por el Servicio de Formación y Gestión del Conocimiento de Metro de Madrid S.A.

Todas las personas aspirantes deberán cumplir los requisitos de asistencia establecidos por el mencionado Servicio y superar dicho curso de formación, acreditando con ello su aptitud para el puesto de trabajo ofertado, quedando eliminadas y definitivamente apartadas del proceso en caso contrario.

 

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

Condiciones y formas de participación por el turno de reserva de personas con discapacidad en el proceso de selección para Oficial/a, en cada subproceso

1. Normas Generales. 

Quienes, cumpliendo los requisitos establecidos a este respecto en las bases de la presente convocatoria, quieran participar en el presente proceso de selección por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán manifestar su opción en la forma y plazos que les será indicado durante la segunda fase del proceso de selección (con anterioridad a la fecha de realización de la prueba objetiva de aptitud).

Las personas con discapacidad acreditada podrán elegir entre presentarse para cubrir las plazas objeto del cupo de reserva o concurrir para cubrir las restantes plazas de la convocatoria en igualdad de condiciones que el resto de los y las aspirantes del sistema de acceso general. Unas y otras, en todo caso, se someterán a la misma prueba objetiva de aptitud que las restantes personas aspirantes (en las mismas condiciones de calificación, puntuación, etc. que éstas) y habrán de superar, igualmente, las restantes fases del proceso de selección establecidas en las bases de la presente convocatoria en el caso de que finalmente optaran a una plaza de la bolsa.

Las personas con discapacidad que hayan solicitado participar por el cupo de reserva habilitado en la convocatoria deberán presentar, una vez concluida la segunda fase del proceso de selección y publicada la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud, un dictamen vinculante o resolución, expedida por autoridad administrativa competente, acreditativos de su condición de discapacidad alegada en grado igual o superior al 33 por ciento. Esta condición deberá mantenerse en la fecha de contratación. Dicha acreditación documental se llevará a efecto por parte de People Experts, si bien Metro de Madrid S.A podrá requerir dicha acreditación.

La falta de aportación del dictamen vinculante o resolución administrativa acreditativos del grado de discapacidad requerido para concurrir en el cupo de reserva, conllevará la inclusión de la persona aspirante en el sistema de acceso general por su orden de puntuación y, en su caso, entre aquéllas que pasaran a las sucesivas fases del proceso.

 

2. Adaptación de tiempos y medios para la realización de la prueba objetiva y del curso de formación (2ª y 5ª fase del proceso de selección).

  • No obstante lo previsto en el apartado anterior, las personas con discapacidad que opten por participar en este proceso de selección, ya sea por el cupo de reserva o por el sistema de acceso general, podrán solicitar, coincidiendo con su inscripción en la plataforma informática que se habilite como soporte del proceso de selección y en los términos y plazos que oportunamente se les indique, el tipo de adaptación de tiempo, lugar y/o medios que consideren preciso para la realización de la prueba objetiva de aptitud, presentando ante el Tribunal a tal fin el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditativo y justificativo del motivo para la adopción de las medidas de adaptación que se solicitan.

 

            Asimismo, de superar consecutivamente la segunda, tercera y cuarta fase del proceso, podrán solicitar igualmente la adaptación de tiempos y medios que consideren precisa para la realización del curso de formación en que               consiste la quinta fase de este proceso de selección.

 

  • Las medidas de adaptación, en uno y otro caso, no se otorgarán automáticamente, correspondiendo al Tribunal designado para este proceso de selección resolver sobre la procedencia y alcance de la concesión de la adaptación solicitada, en razón a las circunstancias específicas tanto de la prueba objetiva de aptitud como del curso de formación. A estos efectos, el Tribunal podrá contar, entre otras, con la colaboración y asesoramiento del personal sanitario adscrito al Servicio de Salud Laboral de Metro de Madrid, S.A., así como de People Experts, consultora encargada de la realización de la prueba objetiva de aptitud.

 

3. Desarrollo del resto del proceso de selección.

En cuanto a la cuarta fase (reconocimiento médico):

Las personas con discapacidad que se hayan presentado por el cupo de reserva y se encuentren en la relación definitiva de personas candidatas tras la realización de la tercera fase, valoración de méritos, pasarán a la cuarta fase (reconocimiento médico) siguiendo lo establecido en las bases de cada subproceso. De no superar esta fase alguna o algunas de las personas citadas en un principio y hasta llegar al citado cupo, o agotar la relación de las personas que hayan solicitado participar por este cupo, se continuará llamando a las siguientes correlativamente en orden a la puntuación obtenida en la relación definitiva.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase la segunda fase del proceso y tras la valoración de méritos (tercera fase del proceso) no se encontrara entre las primeras que accedieran a la cuarta fase en función del cupo de reserva de la citada bolsa, y su puntuación fuera superior a la obtenida por otras personas del sistema de acceso general con opción a pasar a la siguiente fase del proceso, será llamada cuando le corresponda a la realización del reconocimiento médico e incluida entre estas últimas conforme a su orden de puntuación y a los mismos efectos.

En cuanto a la quinta fase (curso de formación):

Los criterios establecidos en el apartado anterior servirán para convocar al curso de formación (5ª fase del proceso), de resultar aptas en el reconocimiento médico, a las personas que se hayan presentado por el cupo de reserva, y en caso de superarlo, para cubrir el máximo de plazas de la bolsa reservadas para ellas.

 

Asignación de plazas para personas con discapacidad:

Las personas que se hayan presentado por el cupo de reserva y que superen el proceso de selección en su totalidad, serán llamadas a ocupar, plaza de persona con discapacidad cuando les corresponda, y en razón a la puntuación obtenida, hasta el número máximo del cupo de reserva (o hasta agotar el número, de ser inferior, de los que por dicho cupo hubieran superado todas las fases del proceso), garantizándose el derecho a ocupar plaza aun cuando la puntuación obtenida por dichas personas candidatas esté por debajo de la de las últimas seleccionadas finalmente de entre las provenientes del sistema de acceso general.

Sin perjuicio de las condiciones de adaptación establecidas en este apartado, las personas con discapacidad que se presenten por el cupo de reserva habrán de superar todas y cada una de las fases del proceso en iguales términos que los y las participantes por el turno de acceso general.

 

 

FASE 2: PRUEBA OBJETIVA DE APTITUD

 

PROGRAMA DE CONOCIMIENTOS

 

A continuación se detalla el programa de conocimientos del proceso de selección para cubrir las plazas de cada especialización: 

 

  1. Oficial/a, con especialización en materia de electricidad     2. Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones
  • Electricidad
  • Circuitos con diferentes componentes
  • Corriente continua y alterna
  • Corriente trifásica
  • Automatismos eléctricos y neumáticos
  • Conexionado de equipos (motores, componentes, etc..)
  • Sistemas y circuitos eléctricos
  • Instalaciones eléctricas
  • Máquinas eléctricas
  • Centros de Transformación, Subestaciones eléctricas y redes
  • Interpretación de planos y esquemas, unifilares y trifilares
  • Aparatos de medida
  • Conocimientos en prevención de riesgos laborales: manual de riesgos laborales
  • Electrónica aplicada
  • Circuitos electrónicos analógicos
  • Montaje y mantenimiento de equipos microinformáticos y de redes
  • Infraestructura de redes
  • Instalaciones eléctricas básicas
  • Sistemas operativos en red
  • Seguridad informática
  • Montaje y mantenimiento equipos electrónicos
  • Infraestructura de sistemas de telecomunicaciones
  • Elementos de telecomunicaciones
  • Sistemas informáticos y redes locales
  • Conocimientos en prevención de riesgos laborales: manual de riesgos laborales

 

 

3. Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica                         4. Oficial/a, con especialización en materia de obra civil                                            
  • Electricidad y automatismos eléctricos.
  • Montaje y mantenimiento mecánico.
  • Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico.
  • Sistemas mecánicos.
  • Sistemas hidráulicos y neumáticos.
  • Sistemas eléctricos y electrónicos.
  • Elementos de máquina
  • Representación gráfica de sistemas mecatrónicos.
  • Motores.
  • Tracción eléctrica.
  • Sistemas de frenos en material rodante ferroviario.
  • Circuitos auxiliares.
  • Bogie, tracción y choque.
  • Conocimientos en prevención de riesgos laborales: manual de riesgos laborales
  • Albañilería
  • Interpretación de planos de construcción.
  • Revestimientos.
  • Encofrados.
  • Hormigón armado.
  • Solados, alicatados y chapados.
  • Cubiertas.
  • Impermeabilizaciones y aislamientos.
  • Particiones prefabricadas, mamparas, suelos técnicos y techos suspendidos.
  • Reformas y mantenimiento básico de edificios.
  • Interpretación gráfica soldadura y mecanizado
  • Técnicas de soldadura
  • Técnicas de trazado, corte y conformado
  • Mecanizado de piezas
  • Conocimientos en prevención de riesgos laborales: manual de riesgos laborales

 

CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA OBJETIVA DE APTITUD

 

Primera Parte: Conocimientos técnicos. 

Esta parte consistirá en la realización de un ejercicio para la evaluación de conocimientos técnicos relacionados con las titulaciones de formación profesional requeridas en el apartado de titulación académica de cada subproceso.

El ejercicio será tipo test y de una hora de duración aproximadamente.

El temario sobre el que versará este ejercicio se detalla en las bases y en la sección "Programa de Conocimientos" de esta plataforma.

El examen se puntúa en una escala de 0 a 40 puntos, siendo 40 la nota máxima. Superarán esta primera parte las personas candidatas que obtengan al menos 20 puntos. Las puntuaciones inferiores a esta puntuación implicarán la no superación de la prueba y la exclusión del proceso de selección para la persona aspirante de la prueba. Para esta prueba, se podrá atender al criterio de normalización de resultados (distribución normal específica de la muestra de personas candidatas evaluadas)

La parte segunda de la prueba (Inteligencia general y razonamiento espacial; y de competencias), únicamente se corregirá a aquellas personas que hayan superado esta primera parte, en los términos ya indicados.

 

Segunda Parte: Pruebas Aptitudinales.

Esta parte consistirá en la realización de pruebas psicométricas adecuadas para medir habilidades de razonamiento y competencias comportamentales. 

Se dividirá en dos bloques:

  • Bloque 2.1: Pruebas de Inteligencia general y razonamiento espacial
  • Bloque 2.2: Prueba de competencias

 

No superarán esta prueba de competencias ni, en consecuencia, la parte aptitudinal, las personas cuyo resultado quede fuera del rango de la escala de consistencia interna, que se mide en un entorno del 1 al 10 (estarán dentro del rango exigido los valores entre el 3 y el 8, ambos inclusive; y, en consecuencia, fuera del rango exigido los valores 1, 2, 9 y 10). Las personas candidatas que queden fuera del rango exigido (entre 3 y 8), no superarán esta prueba, quedando sin puntuar y siendo apartadas del proceso de selección.

En un segundo término, y para quienes queden dentro del rango exigido, cada una de las competencias se mide en un intervalo del 1 al 5, siendo los rangos de exigencia requeridos en cada caso y la puntuación asignada, los que se señalan en el cuadro siguiente: 

 

 

 

PERFIL REQUERIDO DE COMPETENCIAS                          

                                                                                                                                     INTERVALOS
        RANGO REQUERIDO Y PUNTUACIÓN ASIGNADA                                    RANGO INFERIOR AL REQUERIDO Y PUNTUACIÓN ASIGNADA                                   RANGO SUPERIOR AL REQUERIDO Y PUNTUACIÓN ASIGNADA                
RANGO         PUNTUACIÓN RANGO          PUNTUACIÓNRANGO              PUNTUACIÓN
Toma de decisiones                 (2-3)510(4-5)3
Atención al cliente                 (3-5)5(1-2)0…….…….
Orientación a resultados                 (2-3)810(4-5)5
Orientación al cambio                 (2-3)310(4-5)2
Capacidad de comunicación                 (2-5)3(1)0……. 
Trabajo en equipo.                 (3-5)8(1-2)0……. 
Gestión emocional                 (3-5)8(1-2)0……. 

 

La puntuación de esta prueba de competencias será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las competencias, siendo el máximo de puntuación 40 puntos.

La puntuación final de la prueba objetiva de aptitud (segunda fase del proceso de selección), será la suma de los puntos obtenidos en cada una de las partes (primera: conocimientos técnicos; y segunda aptitudinal: inteligencia general y razonamiento espacial; y competencias) siendo la puntuación máxima de 100 puntos; y la puntuación máxima de cada parte será la siguiente:

  • Conocimientos técnicos: 40 puntos.
  • Pruebas aptitudinales: 60 puntos, desglosados de la siguiente manera:

 

  1. Inteligencia general y razonamiento espacial: 20 puntos.
  2. Competencias: 40 puntos.

 

Al finalizar esta segunda fase del proceso de selección, se elaborará una relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud, en la que se incluirán todas aquellas personas candidatas que hayan superado la prueba objetiva de aptitud, ordenadas por la mejor puntuación obtenida. Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva para personas con discapacidad como en el turno general.

 

Se entenderá que superan esta segunda fase (prueba objetiva de aptitud) las siguientes personas candidatas en función de cada especialidad, siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso:

 

1. Oficial/a, con especialización en materia de electricidad

  • Los/as 191 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

 

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 191 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental. 

2. Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones

  • Los/as 69 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

 

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 69 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental.

3. Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica

  • Los/as 151 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes/as provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

 

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 151 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental. 

4. Oficial/a, con especialización en materia de obra civil

  • Los/as 39 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes/as provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

 

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 39 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental.

En caso de empate en la puntuación final obtenida en la prueba objetiva de aptitud, para la ordenación de las personas candidatas tendrán preferencia las personas pertenecientes al género con menor representación en el colectivo de Oficial/a en la empresa; subsidiariamente, en caso de empates sucesivos, y siguiendo este orden, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en el bloque 2.2 (prueba de competencias), la puntuación obtenida en el bloque 2.1. (pruebas de inteligencia general y razonamiento espacial) y, por último, la puntuación obtenida en la parte de conocimientos técnicos.

Quedarán definitivamente apartadas del proceso de selección todas las personas candidatas que no hayan superado esta fase, de conformidad con los criterios anteriormente indicados.

 

 

ACREDITACIÓN DE REQUISITOS DE ADMISIÓN

 

Se entenderá que superan la segunda fase (prueba objetiva de aptitud) el número de aspirantes establecido en cada subproceso siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso. 

La acreditación documental de estos requisitos se efectuará, tras finalizar la segunda fase del proceso selectivo, a las personas que, habiendo superado la misma, se las requiera para la cobertura de las plazas, en primer término, y para la constitución de la bolsa de personas candidatas en reserva, en segundo lugar. Dicha acreditación documental se llevará a efecto por parte de People Experts, encargada de la realización de las fases segunda y tercera, si bien Metro de Madrid, S.A. podrá requerir y, en su caso, realizar también dicha acreditación o revisar la ya realizada

Los requisitos deberán haberse cumplido el día 1 de julio de 2025, a excepción del permiso para conducción de vehículos automóviles que deberá acreditarse en la fecha en que, en su caso, la persona candidata sea citada para la acreditación documental. Los requisitos por subproceso son:

 

1. Oficial/a, con especialización en materia de electricidad

- Mayor de 18 años

- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):

  • Técnico/a en Mantenimiento Electromecánico.
  • Técnico/a en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.
  • Técnico/a en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
  • Técnico/a Superior en Centrales Eléctricas.
  • Técnico/a Superior en Sistemas Eléctricos y Automatizados.

 

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Técnicos en electricidad, en general” 31231060.

- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”.

 

2. Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones

- Mayor de 18 años

- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):

  • Técnico/a en Instalaciones de telecomunicaciones.
  • Técnico/a en Sistemas Microinformáticos y Redes.
  • Técnico/a Superior en Mantenimiento Electrónico.
  • Técnico/a Superior en Administración de Sistemas Informáticos en red.
  • Técnico/a Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

 

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Técnicos en Electrónica de Comunicaciones” 38331042. 

- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”.

 

3. Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica

- Mayor de 18 años

- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten):

  • Técnico/a en Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario.
  • Técnico/a Superior en Mecatrónica Industrial.

 

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Mecánicos-ajustadores de motores en vehículos ferroviarios de tracción” 74011092.

- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”.

 

4. Oficial/a, con especialización en materia de obra civil

- Mayor de 18 años

- Se establecen dos supuestos de acreditación (primero y segundo) de carácter alternativo e igualmente válidos:

 

1. Primer supuesto: 

Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten) o, en su caso, de alguna de las siguientes certificaciones:

  • Técnico en Construcción
  • Técnico en Soldadura y Calderería
  • Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación
  • EOCB0108 Fábrica de albañilería
  • EOCB0210 Revestimientos con pastas y morteros en construcción
  • EOCB0211 Pavimentos y albañilería de urbanización
  • EOCB310 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción
  • FMEC0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG

 

Adicionalmente, se requiere una experiencia acreditada de al menos un año en los últimos cinco años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los siguientes ámbitos:  Albañilería,  Soldadura, Cerrajería, Encofrado, Solado, Fontanería, Carpintería, Enlucido, Montaje de ferralla, Mantenimiento de edificios, Mantenimiento y montaje de superestructura de vía, Montaje de estructuras metálicas

 

2. Segundo supuesto: 

Estar en posesión del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o enseñanzas equivalentes a efectos profesionales, de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio del Ministerio de Educación y una experiencia acreditada de al menos 5 años en los últimos diez años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los ámbitos indicados en el primer supuesto.

En ambos supuestos, para la acreditación de la experiencia, se requerirá, en todo caso, el Informe de Vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social. Y, además, según corresponda en cada caso: 

- Personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.

- Profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.

 

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Auxiliar de obra” 31221012

- Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”.

 

FASE 3

 

CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS

Se habilitará un plazo de 5 días hábiles para que las personas candidatas que, según lo indicado, hayan superado la segunda fase (prueba objetiva de aptitud) aporten a People Experts para su valoración, la documentación acreditativa correspondiente a los aspectos que seguidamente se indica en este apartado, así como los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de acceso (preselección de candidaturas) anteriormente indicados.

 

1. Oficial/a, con especialización en materia de electricidad (máximo 20 puntos)

- 15 puntos: Experiencia acreditada de al menos un año en los últimos cinco años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en algunas de las siguientes instalaciones:

  • Escaleras mecánicas.
  • Sistemas de climatización en edificios o recintos.
  • Instalaciones de baja tensión.
  • Máquinas de venta de títulos de transporte y peaje.
  • Centros de transformación.
  • Subestaciones eléctricas.
  • Sistemas de señalización ferroviarias.
  • Sistemas de catenaria.
  • Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del/los contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.
  • Para el supuesto de profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.

 

- 5 puntos: Formación en Prevención de Riesgos Laborales, como mínimo el curso de nivel básico de 30 horas de duración.

Para su acreditación se requerirá certificado de la formación realizada expedida por la correspondiente entidad responsable de la formación, en el que figuren tanto el curso de formación realizado como el número de horas de duración.

Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.

 

2. Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones (máximo 20 puntos)

- 15 puntos: Experiencia acreditada de al menos un año en los últimos cinco años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en algunas de las siguientes instalaciones o ámbitos:

  • Escaleras mecánicas.
  • Sistemas de climatización en edificios o recintos.
  • Instalaciones de baja tensión.
  • Máquinas de venta de títulos de transporte y peaje.
  • Sistemas de señalización ferroviarias
  • Mantenimiento de redes y sistemas de comunicación
  • Mantenimiento de supervisión y mando de sistemas industriales
  • Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del/los contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.
  • Para el supuesto de profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.

 

- 5 puntos: Formación en Prevención de Riesgos Laborales, como mínimo el curso de nivel básico de 30 horas de duración.

Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.

 

3. Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica (máximo 20 puntos)

- 12 puntos: Experiencia acreditada por empresa certificada como mantenedores de vehículos ferroviarios por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (en aplicación del Reglamento (UE) 2019/779) de al menos un año en los últimos cinco años anteriores, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en algunos de los siguientes materiales rodantes:

  • Alta velocidad
  • Locomotoras eléctricas
  • Locomotoras diésel
  • Autopropulsados eléctricos
  • Autopropulsados diésel
  • Coches
  • Material rodante auxiliar
  • Material histórico

 

- 5 puntos: Formación en Prevención de Riesgos Laborales, como mínimo el curso de nivel básico de 30 horas de duración.

Para su acreditación se requerirá certificado de la formación realizada expedida por la correspondiente entidad responsable de la formación, en el que figuren tanto el curso de formación realizado como el número de horas de duración.

- 3 puntos: Prácticas curriculares externas pertenecientes a la formación profesional dual en empresas ferroviarias relacionadas con las titulaciones de formación profesional requeridas en el apartado de titulación académica.

 

Para su acreditación se requerirá el correspondiente certificado o documento alternativo que justifique suficientemente las prácticas realizadas.

Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.

 

4. Oficial/a, con especialización en materia de obra civil (máximo 20 puntos)

- 5 puntos adicionales en el supuesto de acreditar, formación en Prevención de Riesgos Laborales, que deberá consistir, como mínimo, en el curso de nivel básico de 30 horas de duración.

Para su acreditación se requerirá certificado de la formación realizada expedida por la correspondiente entidad responsable de la formación, en el que figuren tanto el curso de formación realizado como el número de horas de duración.

Únicamente se valorarán los méritos que cada persona posea a la fecha de publicación de la relación de puntuación obtenida en la prueba objetiva de aptitud.

 

Para la acreditación de la experiencia, se requerirá, en todo caso, el Informe de Vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social. Y, además, según corresponda en cada caso: 

  • Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del/los contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.
  • Para el supuesto de profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.

 

People Experts podrá requerir documentación adicional para verificar los méritos de la experiencia, siempre que lo estime necesario para garantizar su adecuada valoración.

En el supuesto de contradicciones entre cualesquiera de los documentos presentados para acreditar los méritos de la experiencia, prevalecerá lo indicado en el informe de vida laboral.

 

Comunicados

En esta sección, se publicará información relativa a los procesos selectivos de interés para las personas candidatas. Se encontrarán resoluciones, comunicados, avisos, etc. que permitirán seguir el estado y la evolución del proceso selectivo.

Comunicado n.º 5, de fecha 4 de septiembre de 2025, del Tribunal del proceso de selección de 45 plazas de Oficial/a, correspondientes a las siguientes especialidades: Electricidad (16 plazas), Electrónica y Comunicaciones (4 plazas), Material rodante y Mecatrónica (21 plazas) y Obra Civil (4 plazas).

 

El Tribunal dispone e informa de que:

 

  • Se recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, las circunstancias de lugar, fecha y cualesquiera otros aspectos, requisitos y condiciones relativos a la realización, corrección y puntuación de la prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos que establezca la empresa consultora encargada de su realización (People Experts), formarán parte integrante de dichas bases, como un nuevo anexo, y se publicarán oportunamente a instancia del Tribunal, en la página web de Metro de Madrid.

 

 

  • Se recuerda que próximamente se informará individualmente a cada persona candidata inscrita la información personalizada a través de la plataforma informática y/o mediante notificación por correo electrónico/SMS respecto del lugar y hora que corresponda a cada persona para realizar dicha prueba objetiva de aptitud

 

  • El día 30 de septiembre de 2025, el Tribunal publicará, la relación de puntuación provisional de personas candidatas que hayan superado la prueba objetiva de aptitud. Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva como en el turno general.

 

  • El día 10 de octubre de 2025 finalizado el período de reclamaciones, el Tribunal publicara la relación de puntuación definitiva de personas candidatas que hayan superado la prueba objetiva de aptitud. Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva como en el turno general.

 

  • El día 4 de noviembre de 2025, tras la valoración de los méritos por la empresa consultora (People Experts) el Tribunal publicará, la relación provisional de puntuación definitiva de personas candidatas (puntuación resultante de adicionar la obtenida en la segunda y tercera fase del proceso selectivo, prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos, respectivamente). Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva como en el turno general.

 

  • El día 14 de noviembre, finalizado el periodo de reclamaciones, el Tribunal publicará, la relación definitiva de puntuación definitiva de personas candidatas (puntuación resultante de adicionar la obtenida en la segunda y tercera fase del proceso selectivo, prueba objetiva de aptitud y valoración de méritos, respectivamente). Se dará un tratamiento diferenciado al turno de reserva de personas con discapacidad, incluyendo el orden que ocupan estas personas tanto en el turno de reserva como en el turno general.

 

  • Por último, se recuerda que el Tribunal responderá a través de la propia plataforma y/o correo electrónico, de forma individual, a aquellas personas candidatas inscritas que hayan solicitado medidas de adaptación para la realización de la prueba.

 

Firmado (La Sra. Presidenta del Tribunal)

 

 

Comunicado n.º 4, de fecha 26 de agosto de 2025, del Tribunal del proceso de selección de 45 plazas de Oficial/a, correspondientes a las siguientes especialidades: Electricidad (16 plazas), Electrónica y Comunicaciones (4 plazas), Material rodante y Mecatrónica (21 plazas) y Obra Civil (4 plazas).

El Tribunal dispone e informa de que: 

Como ya se indicó en el comunicado anterior, el plazo de inscripción por parte de las personas candidatas preseleccionadas interesadas, finalizó el pasado 24 de agosto de 2025. 

Este Tribunal expone que, atendiendo al cronograma inicial del proceso (hasta la fecha de realización de la prueba), hoy día 26 de agosto de 2025, procede la publicación provisional de las relaciones de personas candidatas inscritas para realizar la prueba objetiva de aptitud, para cada uno de los subprocesos que constituyen el proceso de selección de 45 plazas de Oficial/a, diferenciando entre el turno de acceso general y el turno reservado a personas con discapacidad.

A partir de hoy día 26 de agosto, y hasta el día 1 de septiembre de 2025 (inclusive), se abre un plazo de reclamaciones, que las personas interesadas podrán ejercer a través de la cuenta de correo seleccionmetromadrid@people-experts.com

Se recuerda que la decisión de cada persona candidata de participar en esta segunda fase del proceso de selección conllevará su plena aceptación de las bases y condiciones que rigen todo el proceso de selección (requisitos de las personas candidatas, prueba objetiva de aptitud, orden de llamamiento a las distintas fases del proceso de selección, requerimientos físico-médicos del puesto de trabajo, modalidad y orden de contratación, condiciones del puesto de trabajo, protección de datos personales, bolsa de personas candidatas en reserva, etc.), incluyéndose la tramitación, condiciones y requisitos que precise la empresa externa para la realización de la segunda y tercera fase del proceso de selección.

Asimismo, el Tribunal expone que, habiéndose recibido una reclamación correspondiente a una persona aspirante en relación con el subproceso con especialización en materia de Electricidad, por no estar incluida en la relación definitiva de personas candidatas preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid en dicho subproceso, y una vez consultado con el referido Servicio, acuerda incluir a esta persona, cuyos datos anonimizados son: XX670396E JAM, en dicha relación.

 

Firmado (La Sra. Presidenta del Tribunal) 

 

 

Comunicado n.º 3, de fecha 29 de julio de 2025, del Tribunal del proceso de selección de 45 plazas de Oficial/a, correspondientes a las siguientes especialidades: Electricidad (16 plazas), Electrónica y Comunicaciones (4 plazas), Material rodante y Mecatrónica (21 plazas) y Obra Civil (4 plazas).

 

El Tribunal dispone e informa de que:

Como ya se indicó en el comunicado anterior, la consultora People Experts contactó en el día de ayer (vía correo electrónico, SMS o cualquier otro medio hábil disponible), con las personas candidatas previamente preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid para participar en este proceso, con la finalidad de informarles sobre los requisitos y trámites necesarios para inscribirse en la plataforma informática, https://metro.people-experts.com/metro, que se ha habilitado al efecto para participar en la correspondiente prueba objetiva de aptitud, a cuya realización serán convocadas más adelante por la citada consultora, a través de dicha plataforma. 

 

La citada inscripción por parte de las personas candidatas preseleccionadas interesadas en la plataforma indicada podrá realizarse desde hoy, día 29 de julio, y hasta el 24 de agosto de 2025, éste inclusive. 

 

Se recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, las circunstancias, requisitos y condiciones relativas a la prueba objetiva de aptitud que establezca la empresa consultora encargada de su realización formarán parte integrante de dichas bases y se publicarán oportunamente a instancia del Tribunal. 

 

Hasta la fecha, People Experts ha dispuesto que: 

  • La comunicación y contacto con las personas candidatas se realizará a través de la a través de la cuenta de correo seleccionmetromadrid@people-experts.com  disponible a partir de hoy, día 29 de julio de 2025

 

  • El cronograma inicial (hasta la fecha de realización de la prueba) para el desarrollo de la prueba objetiva de aptitud es el siguiente:

 

HitosFechas
Lanzamiento de la plataforma29/07/2025
Plazo inscripción candidaturas29/07/2025- 24/08/2025
Publicación relaciones de personas inscritas – provisional26/08/2025
Plazo reclamaciones27/08/2025- 01/09/2025
Publicación relaciones de personas inscritas – definitiva04/09/2025
Publicación convocatoria y normas04/09/2025
Prueba objetiva de aptitud13/09/2025

 

Se informa de que la prueba objetiva de aptitud se llevará a efecto el sábado 13 de septiembre de 2025. Con suficiente antelación, se facilitará a cada persona inscrita la información personalizada a través de la plataforma informática y/o mediante notificación por correo electrónico /sms respecto de lugar y hora que corresponda a cada persona para realizar dicha prueba objetiva de aptitud. 

Se recuerda que la decisión de cada persona candidata de participar en esta segunda fase  del proceso de selección conllevará su plena aceptación de las bases y condiciones que rigen todo el proceso de selección (requisitos de las personas candidatas, fases del proceso de selección, prueba objetiva de aptitud , orden de llamamiento a las distintas fases del proceso, requerimientos físico-médicos del puesto de trabajo, modalidad y orden de contratación, condiciones del puesto de trabajo, protección de datos personales, bolsa de personas candidatas en reserva, etc.), incluyéndose la tramitación, condiciones y requisitos que precise la empresa externa para la realización de la segunda y tercera fase del proceso de selección. 

Las personas candidatas que, cumpliendo los requisitos establecidos a este respecto en las bases de la convocatoria, quieran optar a cubrir el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán manifestar expresamente su opción en el formulario de inscripción que encontrarán en la plataforma o página web https://metro.people-experts.com/metro

Se recuerda que las personas candidatas preseleccionadas con discapacidad acreditada podrán elegir entre presentarse por el turno de reserva o por el turno general en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes que lo hagan por este último turno, manifestando su opción en el formulario antes indicado. 

Así mismo, se dará un tratamiento diferenciado a los dos turnos (de acceso general y turno de reserva) en lo que se refiere a las relaciones de personas admitidas y de aprobadas, que se publicarán oportunamente. 

Se recuerda también que las personas candidatas preseleccionadas que, por sus circunstancias particulares, precisen de medidas de adaptación para la realización del examen, podrán solicitar, coincidiendo con su inscripción en la plataforma informática indicada (https://metro.people-experts.com/metro), habilitada como soporte del proceso de selección, el tipo de adaptación de tiempo, lugar y/o medios que consideren necesario para la realización de la prueba objetiva de aptitud. Con tal finalidad, deberán aportar como documentación adjunta en el formulario de inscripción el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditativo y justificativo del motivo para la adopción de las medidas de adaptación que se solicitan u otra documentación justificativa de la solicitud de tales medidas. 

El Tribunal de examen designado para este proceso de selección resolverá y responderá a través de la propia plataforma y/o a la dirección de correo electrónico facilitada en la inscripción, comunicando, de forma individual, a cada persona interesada, su resolución sobre la procedencia y alcance de la concesión de cada adaptación solicitada, en razón a las circunstancias específicas concurrentes, para lo que podrá contar con los asesoramientos oportunos. 

Firmado (La Sra. Presidenta del Tribunal)

 

 

Consultas

En este apartado está disponible la dirección de correo para que la persona candidata pueda hacer llegar sus consultas en relación con el proceso de selección en el que participa. Antes de hacerlo, se aconseja que revise la sección FAQ´s donde encontrará respuestas a las preguntas más frecuentes.

Para hacer llegar las consultas, la persona candidata debe dirigirse o pulsar en la siguiente dirección de correo electrónico: seleccionmetromadrid@people-experts.com

 

FAQs

¿Cómo puedo buscar en esta sección la pregunta que me interesa?

Para facilitar la búsqueda de una pregunta concreta, puede pulsar las teclas Ctrl + F, abriéndose un buscador en la zona derecha de la pantalla y pudiendo teclear la información que se quiera buscar.

 

¿Cómo puedo inscribirme a un puesto o a más de un puesto?

Solo podrá inscribirse en aquellos puestos en los que figura su candidatura como admitida en la relación definitiva de preselección del SEPE publicado en la página web de Metro de Madrid https://www.metromadrid.es/es/empleo-metro. 

Acceda a la plataforma a través del “Área de Persona Candidata”, introduzca su DNI y la contraseña que se ha generado, en la zona superior de la pantalla pinche en la sección “Inscríbete”, aparecerán los 4 puestos objeto de esta convocatoria pero solo aparecerá un enlace de inscripción en aquellos en los que ha sido preseleccionado/a por el SEPE.

Debe pinchar en el enlace del puesto (si figura en más de uno, debe empezar con uno y luego repetir el mismo proceso), rellenar el formulario y pinchar en "Guardar". Le llegará un e-mail de confirmación con un link para activar la inscripción. 

Por favor, pinche en el link y su candidatura quedará activada en la plataforma.

Para inscribirse en otro puesto de los habilitados, debe volver a acceder a la plataforma a través de la sección  "Área de Persona Candidata", introducir su DNI y la contraseña, ir a la sección "Inscríbete" y pinchar en el enlace de inscripción del siguiente puesto que tiene activo. Volverá a aparecer el formulario ya cumplimentado, revise los datos y pinche en "guardar", le llegará un nuevo e-mail confirmando la inscripción y solicitando que pinche en el enlace para que quede activada.

En caso de no recibir el e-mail de confirmación, por favor compruebe si ha llegado a la bandeja de correo no deseado, en caso de no haberlo recibido tampoco ahí, envíe un e-mail indicándolo a la cuenta seleccionmetromadrid@people-experts.com

 

Si no aparezco en la relación provisional de inscritos en esta plataforma, ¿qué debo hacer?

Comuníquelo a través de la sección “consultas” antes de la publicación de la relación definitiva de personas inscritas.

 

¿Quién puede inscribirse al proceso?

Solo aquellas personas que figuran en la relación definitiva de personas candidatas preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid.

 

¿Qué requisitos tengo que cumplir?

Los requisitos específicos están recogidos en las bases de la convocatoria y un resumen en la sección "Acreditación de Requisitos de Admisión" de esta plataforma.

 

¿Qué plazo tengo para realizar la inscripción?

El plazo de inscripción en esta plataforma será del 29 de julio al 24 de agosto de 2025, ambos inclusive.

 

No consigo inscribirme

Es necesario que introduzca exactamente el mismo documento identificativo con el que realizó la inscripción en el Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid. En caso de no figurar en el listado definitivo de personas preseleccionadas, no podrá inscribirse en este portal.

 

¿Para qué sirve el campo "Contraseña" en el formulario?

Es la contraseña para poder acceder al "Área de Persona Candidata", que es una sección privada. La contraseña tiene que definirla en el formulario de inscripción según las siguientes características:  Debe contener al menos un número y una letra mayúscula y minúscula, y de 8 a 10 caracteres.

 

Si no tengo un segundo apellido, ¿qué tengo que poner en el formulario de inscripción?

En ese caso, como es un campo obligatorio, puede agregar un punto y la plataforma le dejará finalizar la inscripción. 

 

No recuerdo mi contraseña

Diríjase a la sección "Área de Persona Candidata", pulse sobre el enlace que indica: “Olvidé mi contraseña” introduzca su DNI con letra y pulse enviar. Le llegará un correo con la información necesaria a la cuenta que facilitó en la inscripción.

 

¿Cómo sé que mi inscripción online se ha realizado correctamente?

Cuando cumplimente el formulario de inscripción, le llegará un correo electrónico informando que se ha efectuado correctamente. 

En caso de no recibir el e-mail de confirmación, puede comprobar si su inscripción se ha realizado correctamente accediendo a la sección "Área de Persona Candidata", introduciendo su DNI, la contraseña creada y, en la sección "Estado de mi Proceso" podrá comprobar su número de inscripción y el/los puesto/s en las que figura.

Además en la sección de "Mi Perfil" podrá consultar sus datos de inscripción. 

 

¿Puedo editar mis datos?

En caso de querer editar su perfil o cambiar sus datos, podrá hacerlo durante el periodo de inscripción en la sección "Inscríbete" pinchando en el formulario del/ los puesto/s en los que está inscrito/a. 

Para que la edición de sus datos se haga efectiva, debe completar el proceso de inscripción en el formulario, pulsando el botón "Guardar" incluso si ya está inscrito/a en el proceso seleccionado. 

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se podrán realizar modificaciones. 

 

Me he inscrito pero no recibo el correo electrónico que confirma mi inscripción.

Si no lo encuentra en la bandeja de entrada le aconsejamos que lo busque en la bandeja de correo no deseado y, en caso de que no se encuentre allí, que compruebe que la dirección de correo desde la que ha realizado la inscripción es correcta. Por último, puede dirigirse a la sección de “consultas” y hacernos llegar la misma.

 

¿Es necesario tener una cuenta de correo electrónico?

Sí, ya que le permitirá inscribirse, acceder al “Área de persona Candidata", recibir notificaciones relativas a su candidatura o gestionar la recuperación de su contraseña, entre otras.

 

Después de inscribirme, ¿qué tengo que hacer?

Una vez formalizada su inscripción, puede acceder a su área personal a través de la sección "Área de Persona Candidata". En ella podrá acceder a la información relativa a su candidatura en las distintas fases del proceso. 

En la sección "Comunicados" se irá incluyendo información relevante del proceso y en la sección "Listados" las relaciones provisionales y definitivas de cada fase. 

Cada vez que se publique un comunicado y/o un listado, recibirá un e-mail informando de la publicación. 

 

¿Cómo puedo solicitar una adaptación en el examen?

Cuando rellene el formulario de inscripción, hay un campo que pregunta si se requieren "Medidas adaptación examen", selecciona "SI" en el desplegable y en el campo "Indique las adaptaciones-Ajustes" escriba lo que solicita. Para que se pueda valorar la concesión de la medida de adaptación, es necesario subir a la plataforma el Dictamen Técnico Facultativo en formato PDF. 

 

¿Cuándo va a tener lugar la prueba objetiva de aptitud?

En este portal, en la sección de "Comunicados", se publicará la fecha y el lugar de la prueba, así como las normas para la realización de la misma. 

 

¿Dónde se publicarán los resultados obtenidos en la prueba de aptitud?

Transcurrido el periodo de corrección de las pruebas, podrá consultar sus resultados accediendo con su usuario y contraseña a su zona privada "Área de Persona Candidata" en la sección “Estado de mi Proceso”. La relación anonimizada se publicará en la sección "Listados" y en la página web de metro https://www.metromadrid.es/es/empleo-metro

 

¿Cuándo tengo que aportar la documentación para acreditar los requisitos de admisión y la valoración de los méritos?

Solo tiene que presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso y de los méritos, las personas candidatas que han superado la segunda fase y estén incluidas en el número de aspirantes con mejor puntuación en función de cada especialidad:

1. Oficial/a, con especialización en materia de electricidad

Las siguientes personas candidatas, siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso:

  • Los/as 191 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 191 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental. 

2. Oficial/a, con especialización en materia de electrónica y comunicaciones

Las siguientes personas candidatas, siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso:

  • Los/as 69 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 69 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental. 

3. Oficial/a, con especialización en material rodante y mecatrónica

Las siguientes personas candidatas, siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso:

  • Los/as 151 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes/as provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 151 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental.

4. Oficial/a, con especialización en materia de obra civil

Las siguientes personas candidatas, siempre que acrediten documentalmente los requisitos iniciales de acceso:

  • Los/as 39 aspirantes de dicha relación de puntuación que consigan una mejor puntuación.
  • Todos/as los/as aspirantes/as provenientes del turno de reserva que hayan superado la prueba objetiva de aptitud.

En ambos casos se exigirá la acreditación documental correspondiente a los requisitos de preselección hasta alcanzar, en el primer supuesto, los 39 aspirantes con mejor puntuación y con la debida acreditación documental. 

 

¿Dónde tengo que llevar la documentación acreditativa de requisitos y méritos?

La documentación se entregará presencialmente en las oficinas de People Experts. Aquellas personas que tengan que aportarla, recibirán, cuando corresponda, la cita para su presentación. 

 

¿Cuál es la modalidad de contratación y las condiciones laborales del puesto de trabajo?

La información relativa a los puestos, se encuentra en la página web de Metro Madrid, https://www.metromadrid.es/es/empleo-metro, en la sección "Modalidad de contratación y las condiciones laborales del puesto de trabajo" de cada especialidad.

 

He leído las FAQs y no he resuelto mi duda. ¿Qué hago?

Puede enviar un correo electrónico a la cuenta habilitada para el proceso selectivo: seleccionmetromadrid@people-experts.com

 

Protegemos tus Datos

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), le informamos que sus datos, serán incorporados a los ficheros de los que es responsable Psicólogos Empresariales y Asociados, S.A. con dirección en C/ Pintor Rosales, 44 1º D (28008-Madrid) con el fin de realizar la evaluación de la prueba objetiva de aptitud, acreditación documental y valoración de méritos. 

Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá dirigir una comunicación por escrito a Psicólogos Empresariales y Asociados, S.A. – Responsable de Seguridad , C/ Pintor Rosales, 44 1º D (28008 -Madrid).

En el caso de que Ud. no sea una persona candidata propia de Psicólogos Empresariales y Asociados, S.A. y por tanto la realización de la la evaluación de la prueba objetiva de aptitud, acreditación documental y valoración de méritos hayan sido requeridas por una empresa cliente de Psicólogos Empresariales y Asociados, S.A, como parte de un proceso de selección y/o evaluación al que Ud. opte o participe con ellos, se le informa de que, como parte de dicho proceso, los resultados de la evaluación serán comunicados a dicha empresa, con la exclusiva finalidad de esta gestión.

 

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